Estatuto del suscriptor de las listas de RedIRIS
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- Preguntas y respuestas habituales
En las Jornadas Técnicas de RedIRIS celebradas los días 24 a 27 de noviembre de 1998 en Barcelona y dentro de la II Reunión de Administardores de listas, se acordó aprobar este Estatuto del subscriptor de listas de distribución de RedIRIS así como la figura del Comité de Arbitraje
Artículo 2. La ennumeración de los derechos establecidos en este artículo no es restrictiva a aquellos que las Constituciones democráticas garantizan, ni otros de naturaleza analoga o que se fundan en la dignidad del hombre. Los subscriptores de las listas de distribución de RedIRIS tienen derecho:
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 1.
- El presente Estatuto regula los derechos y deberes de
los subscriptores de listas de distribución de RedIRIS en sus relaciones
con las mismas.
- Las relaciones de los subscriptores con las listas de
distribución se ajustarán a las normas éticas de uso expuestas
en las páginas electrónicas de RedIRIS y a lo dispuesto en el presente
Estatuto asi como a las normas propias de funcionamiento de las listas de distribución a las que estén
suscritos. Las modificaciones de estas normas de comportamiento serán
conveniente anunciadas.
- La participación en las listas de distribución de Red
IRIS implica la aceptación de las normas aplicables.
Artículo 2. La ennumeración de los derechos establecidos en este artículo no es restrictiva a aquellos que las Constituciones democráticas garantizan, ni otros de naturaleza analoga o que se fundan en la dignidad del hombre. Los subscriptores de las listas de distribución de RedIRIS tienen derecho:
- A suscribir y desuscribir libremente las listas de distribución
de RedIRIS en las condiciones aplicables a cada lista.
- En las listas de suscripción moderada deben ser acatados los
criterios del o de los administradores de estas listas para entrar
en ella.
- En las listas de suscripción moderada deben ser acatados los
criterios del o de los administradores de estas listas para entrar
en ella.
- A enviar y recibir correo electrónico a las listas de
distribución a las que estén subscritos, pudiendo difundir
libremente información,opiniones o ideas, dentro del marco temático
de cada lista, sin más limitaciones que las derivadas de las normas
aplicables a cada lista.
- Al respeto a su dignidad personal y profesional tanto por los
restantes miembros de las listas de distribución, como por parte de
los Administradores de las listas.
- Al respeto a la privacidad de sus datos personales, que
no podrán ser facilitados a terceros ni utilizados para fines
distintos a los propios del funcionamiento de las listas de
Distribución, sin el expreso consentimiento de sus titulares.
- A ser informados de las normas técnicas y de funcionamiento
propias de cada lista de distribución así como de las modificaciones
de las mismas.
- A obtener el amparo del Administrador de la lista en caso de que
sus derechos sean vulnerados por otros subscriptores. En
consecuencia, tendrán derecho a conocer el nombre y dirección de
correo electrónico del Administrador de la lista.
- A no ser reprendidos, sancionados o desuscritos de las listas
sin motivo que lo justifique.
Artículo 3.
- Los subscriptores de listas de distribución de RedIRIS
tendrán la obligación:
- De abstenerse de utilizar la lista de distribución para fines
ajenos a la misma.
- De respetar la persona, dignidad, creencias y opiniones de los
restantes miembros de las listas de distribución, así como de sus
administradores.
- De respetar las normas de funcionamiento aplicables a las listas
de distribución.
- De respetar y garantizar la privacidad de los datos de caracter
personal de los que tuvieran conocimiento por su subscripción a la
lista,absteniéndose, entre otras conductas, de facilitar a terceros tales
datos sin la correspondiente autorización o de utilizar los mismos
para otras finalidades ajenas a los mismos.
- De respetar la propiedad intelectual de los restantes miembros
de la lista, absteniéndose de redistribuir o reenviar los mensajes
enviados por otros miembros sin la autorización de los autores.
- De abstenerse de enviar publicidad de cualquier clase a través
de las listas de distribución, cartas de cadena, y demás envíos
similares.
- De realizar un uso racional de las listas de distribución,
absteniéndose de realizar envíos de interés puramente particular,
archivos adjuntos no solicitados de tamaÒo excesivo y, en general, todas
aquellas acciones que entorpezcan el buen funcionamiento de las listas de
distribución.
- De abstenerse de utilizar la lista de distribución para fines
ajenos a la misma.
- El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la adopción de sanciones por el administrador de la lista o en caso extremo por el Administrador del Servicio en RedIRIS tal y como se describe en el Artículo 4 de este documento.
Artículo 4.
- La infracción de una o varias de las normas descritas ene el Artículo 3. de este documento será
sancionada de forma inmediata por parte del administrador con:
- Moderación personal de las contribuciones a la lista.
y posterior aviso explicativo via correo privado.
- La reincidencia en las infracciones será sancionado con:
- Inhabilitación para poder enviar aportaciones a la lista.
- Desubscripción temporal de la lista.
- Desubscripción definitiva de la lista
- Desuscripcion de todas las listas de RedIRIS
- Inhabilitacion en el servidor de RedIRIS
- Las sanciones especificadas en el apartado anterior sólo podrán
imponerse por el equipo de administración de la lista y en caso necesario por RedIRIS.
- La graduación de las sanciones se efectuará de acuerdo
con la gravedad de las infracciones y atendiendo al principio de
intervención mínima necesaria.